CREACIÓN DOCTRINARIA
Un humilde aporte a la Ciencia del Derecho.
DENUNCIA REALIZADA EL DÍA 05/11/24 ANTE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION.
El 04/11/24, el Sr. Eduardo FEINMANN, periodista y comunicador social refirió despectivamente a personas “villeras” y “papás putos”, indicando que no es lo que la sociedad quiere. Esto, en el marco de la marcha del orgullo gay realizada el sábado 02/11/24. Sus expresiones constituyen flagrantes violaciones a los derechos humanos, además de una falta de respeto y un atropello a las libertades democráticas y republicanas.
Cuando alguien referiere a “villera” o “villero”, se hace alusión a las villas que, conforme la RAE, son barrios de viviendas precarias, con grandes carencias de infraestructura. Vivir en una villa podrá ser una libre elección o bien una consecuencia de las políticas de Estado que existen en la Argentina desde hace dos siglos. Sea cual fuera el motivo, resulta violatorio de la integridad psíquica y emocional y de la dignidad, porque es un comentario MANIFIESTAMENTE DESPECTIVO.
A su vez, cuando nos referimos a “puto”, según la propia RAE también, estamos formulando una calificación denigratoria sobre personas de una orientación sexual determinada.
Resulta irrelevante si el Sr. FEINMANN es “villero” o “puto”, pero sí es fundamental advertir que es PROFUNDAMENTE DISCRIMINADOR (léase, persona que discrimina). Sorprende que alguien que agita las banderas contra la delincuencia cometa un hecho ilícito (de eso se trata cometer un acto discriminatorio, sin importar si se coincide o no con las características personales del discriminado).
La Constitución Nacional recepta la igualdad ante la ley (art. 16), traducido en igual trato, sin importar característica alguna de la persona (religión, orientación sexual, ideología, raza, etc.), lo que conforma el fuero íntimo de cada uno (art. 19); de paso una lectura de la Constitución Nacional no viene mal, porque se advierte que son varios los que no la leyeron.
Y la intimidad de una persona, en la interpretación de la Constitución Nacional que hizo la Corte Suprema desde 1984 en el fallo Ponzetti de Balbín es mucho más que “hacer lo que se quiera dentro de cuatro paredes” (esa falsa tolerancia al que se considera diferente impuesta por la heteronormatividad con la colaboración de pseudo-periodistas sino mucho más: vivir en libertas de forma plena como cualquier otra persona. A mayor abundamiento, leer el Considerando 8 de la sentencia citada.
A su vez, la libertad, hoy tan de moda y en boca de todos, es el eje central de nuestro sistema normativo, mencionándosela en el preámbulo y receptándola en el art. 15, CN, y en normas de carácter internacional. Libertad implica también libertad de elección, que no es elegir ser “puto” o “macho” (lo digo así, para que discriminadores comprendan el mensaje) sino elegir asumir y vivir conforme cada uno es, que es mucho más complejo que simplemente ser algo que la vida decidió para nosotros.
En otro orden, desde el año 1994 diversos tratados con jerarquía constitucional mencionados en el art. 75 inc. 22, CN, consagran los derechos de las minorías sexuales, receptan la igualdad, la libertad, el derecho a la familia, la dignidad y la integridad física, emocional y espiritual, obligando a los Estados Partes a arbitrar los medios para que no se discrimine a ninguna persona, se garanticen los derechos y se accione contra quienes los violan. EL ESTADO SON TODOS LOS ÓRGANOS QUE LO COMPONEN, TODOS LOS PODERES Y ÓRGANOS EXTRA PODERES.
Discriminar es un acto ilícito en los términos de la Ley N°23.592, art. 1°. Otra lectura pendiente: tarea para el hogar antes de hacer el programita en el canal de cable.
Finalmente, y lo más llamativo, es que el Sr. FEINMANN ratifique ideas nazis, totalitarias y de sesgo controlador, al expresar que sabe lo que la sociedad quiere, indicando que a quienes no piensen así “se les debe cambiar el chip” por el sólo hecho de pensar distinto. Debe recordar el Sr. FEINMANN que en otros tiempos a quien pensó distinto se lo introdujo en una cámara de gas, se lo quemó en un horno, se lo asesinó en un atentado, se lo tiró de un avión o se lo torturó hasta la muerte, entre otros casos. Todos podríamos tener antepasados que fueron víctimas o familiares o amigos que lo puedan llegar a ser. Comportarse como un ser humano de bien (algo que también está muy de moda decir) es NO DISCRIMINAR.
En definitiva, periodistas que abogan por una única moral y desprecian y atentan contra quien piensa diferente, no merecen estar en los medios de comunicación, en mi opinión personal, pero sin lugar a dudas no deben tener libertad para afirmar barbaridades como estas porque la propia Constitución Nacional pone como límite el no dañar a terceros en el ejercicio de nuestras propias libertades.
Por todo lo expuesto, solicito al Sr. Defensor del Pueblo de la Nación que arbitre los medios para intervenir en defensa de las personas que fueron o pudieron haber sido afectadas por expresiones profundamente agraviantes como las vertidas por el Sr. Eduardo FEINMANN y al canal La Nación +, el cual debería manifestar si avala o no lo manifestado durante la emisión de un programa transmitido por el mismo.
Esperamos que el Sr. Presidente de la Nación que refiere a la libertad como el eje central de nuestra República repudie expresamente la flagrante violación a los derechos humanos ejecutada por un periodista en plena democracia y excediéndose en sus facultades de opinar libremente por constituir un acto discriminatorio su proceder.